1992 V Programa de Acción en materia de Medio Ambiente de la UE "Hacia un desarrollo sostenible"

Casi coetáneamente a la Conferencia de Río se estuvo redactando el "V Programa Comunitario de política y actuación en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible" que fue aprobado por la Comisión Europea el 18 de marzo de 1992 y ratificado por el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros a finales de 1992.

Por este paralelismo temporal de ambos eventos, aunque desde la perspectiva de la Unión Europea, en el Programa Comunitario, se plantean ideas y formas de actuación muy similares para solucionar los problemas ambientales y llegar en un futuro hacia un desarrollo sostenible.

La principal novedad de este V Programa Europeo respecto a los anteriores es el reconocimiento de que los objetivos medioambientales afectan directamente al modelo de desarrollo social y económico que había planteado hasta entonces la Unión y, como consecuencia, la proposición de un nuevo modelo orientado hacia un desarrollo sostenible.

En este nuevo modelo se plantea la integración del medio ambiente en la configuración y aplicación de las políticas y estrategias sectoriales que mueven la U.E, afectando a entornos tan importantes como la industria, la energía, el transporte, las actividades agrarias y el turismo.

El objetivo del quinto programa de actuación en materia de medio ambiente es transformar el modelo de crecimiento de la Comunidad, a fin de fomentar el desarrollo sostenible.

La Unión Europea definía su "V Programa de Actuación Medioambiental (1992-2000)", como "un giro de 180 grados" sobre los programas anteriores. Ello, porque "no podemos esperar […] y no podemos equivocarnos". Sin embargo, en la revisión del Programa se reconoce que, a pesar de haberse realizado progresos en diversos ámbitos, queda mucho por hacer si se quiere avanzar por el camino que conduce al desarrollo sostenible. El sistema económico actual se comporta como si los recursos y la capacidad de asimilación de los residuos fueran ilimitados.


El quinto programa propugna la adopción de un nuevo enfoque en materia de política ambiental comunitaria, basado en los siguientes principios:

1.

adopción de un enfoque global y constructivo, dirigido a los distintos agentes y actividades relacionados con los recursos naturales o los que afectan al medio ambiente,

2.

voluntad de invertir las tendencias y prácticas que perjudican al medio ambiente de las generaciones actuales y futuras,

3.

favorecer los cambios de comportamiento social, mediante un compromiso entre todos los interesados (autoridades públicas, ciudadanos, consumidores, empresas, etc.),

4.

establecimiento de un reparto de responsabilidades,

5.

utilización de nuevos instrumentos medioambientales.


En cumplimiento del principio de subsidiaridad, la Comunidad ha limitado su actuación a los siguientes ámbitos prioritarios:

1.

gestión duradera de los recursos naturales: suelos, aguas, zonas naturales y costeras

2.

lucha integrada contra la contaminación y actuación preventiva en materia de residuos

3.

reducción del consumo de energía procedente de fuentes no renovables

4.

mejora de la gestión de la movilidad, mediante el desarrollo de modos de transporte eficaces y limpios

5.

elaboración de un conjunto coherente de medidas para mejorar la calidad del medio urbano

6.

mejora de la salud y la seguridad, principalmente en lo relativo a la gestión de los riesgos industriales, la seguridad nuclear y la radioprotección.


El programa destaca la importancia de centrar la actuación comunitaria en determinados ámbitos:


La política comunitaria en materia de medio ambiente ha estado centrada durante mucho tiempo en la solución de problemas existentes dentro de la Comunidad. Sin embargo, los Estados miembros han cobrado rápidamente conciencia del carácter global de la problemática de la contaminación y de la necesidad de realizar una actuación concertada en el ámbito regional e internacional. En el apartado 1 de su artículo 130 R, el Tratado de la Unión Europea establece como objetivo el fomento de medidas a escala internacional destinadas a hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente.

Cuatro son los problemas medioambientales que deben ser objeto de una actuación de ámbito internacional:

1.

el cambio climático,

2.

la disminución de la capa de ozono,

3.

la reducción de la diversidad biológica

4.

y la deforestación.

La cooperación puede ser tanto multilateral, a través de las distintas instituciones internacionales (Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, Consejo de Europa), como bilateral, en el marco de la ayuda a los países en vías de desarrollo y de la lucha contra la contaminación transfronteriza.


El quinto programa previó la adopción de un conjunto más extenso y diversificado de medios de actuación:

1.

Legislación: fijación de niveles mínimos de protección, ejecución de acuerdos internacionales y establecimiento de normativas desde una perspectiva de mercado interior.

2.

Instrumentos económicos: incentivos para que productores y consumidores protejan el medio ambiente y hagan uso de los recursos naturales de una manera responsable (medidas económicas, fiscales, responsabilidad civil); objetivo de ajuste de los precios para que los productos y servicios respetuosos del medio ambiente no resulten penalizados en términos de costes.

3.

Instrumentos horizontales de apoyo: mejora de la información y las estadísticas ambientales (necesidad de nomenclaturas, normas, criterios y métodos comparables), promoción de la investigación científica y del desarrollo tecnológico, mejora de la ordenación territorial, de la información al público (desarrollo de bases de datos) y de la formación profesional.

4.

Mecanismos de ayuda financiera: programa LIFE, Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión, préstamos del BEI.